Según el Decreto No 011 de Enero 14 de 2004, en su Articulo 5° serán funciones del Comité Municipal de Educación Ambiental:
Todas aquellas relacionadas con la implementación de políticas que conduzcan al desarrollo de planes y proyectos de Educación Ambiental.
También las de asesorar a las Instituciones Educativas del Municipio en materia de formulación, implementación, evaluación y seguimiento de los Proyectos Educativos Ambientales.
Realizar gestión para que se articulen en los Planes de Desarrollo Departamental y Municipal programas de Educación Ambiental y se puedan invertir recursos como también gestión con otras entidades y actividades ambientales, y anuar esfuerzos que permitan la consolidación de dichos programas.
Para el Cumplimiento de las funciones del COMEDA, deben ser participes diferentes Instituciones según el Articulo 3° del Decreto 011 de Enero 14 de 2004